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lunes, 2 de septiembre de 2013

DE LOS PRESOS POLITICOS

La situación de los derechos humanos violados con respecto a los presos políticos en Venezuela,ha alcanzado niveles deplorables que ningún otro país nos envidiaría. Es motivo de critica la influencian del gobierno comenzado por Hugo Chavez ha tenido en los casos de 28 venezolanos que se encuentran privados de su libertad y en un muy grave estado de indefensión política, por lo cual se encuentran encarcelados de forma indefinida. Muchos de estos presos llevan en la cárcel mas de 5 años sin haberse aun definido su situación judicial. El gobierno no tiene pruebas para juzgarlos, ni pruebas para condenarlos, por lo que se paralizan los juicios durante años y las personas continúan presas. Sin animo de parcialización política, hablo como una venezolana mas que cree en los derechos del hombre y veo constantemente como se violan los derechos de la vida y de la libertad. Estas personas deberían ser juzgadas por los tribunales competentes, la vida es una sola, no se puede perder encerrado por caprichos de quien no quiera que la vivas. Por muchos años hemos creído que la Ley es lo que está mal, no , la ley esta bien formulada, somos nosotros quienes no sabemos como ejercerla.

viernes, 9 de agosto de 2013

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Y DE GENERO

En el campo jurídico son innumerables los aspectos a ser considerados por el legislador; muchos de ellos regulan la vida cotidiana para que surtan sus efectos y permitan la pacífica convivencia de los seres humanos. Entre esos muchos aspectos, uno que es muy delicado y se encuentra estrechamente ligado a cada uno de nosotros es la integridad física y emocional. Esa integridad se ve perturbada, a menudo, por individuos que rompen las reglas sociales y los mandatos de la Ley. Esa perturbación, de la cual se puede ser víctima en cualquier momento es la violencia, que es la conducta a través del maltrato que en sus diversas formas profiere una persona otra, perjudicándole y violando sus derechos como ser humano, lo cual desde cualquier punto de vista que se tome es inaceptable.

“Hasta el 70 por ciento de mujeres experimenta violencia en el transcurso su vida, La violencia contra las mujeres no se confina a una cultura, región o país específico, ni a grupos particulares de mujeres en la sociedad. Las raíces de la violencia contra la mujer  yacen en la discriminación persistente contra las mujeres.” (Conferencia de las Naciones Unidas, resoluciones.)

         La forma más común de violencia experimentada por mujeres a nivel mundial es la violencia física infringida por una pareja íntima, incluyendo mujeres golpeadas, obligadas a tener relaciones sexuales o abusadas de alguna otra manera. Un estudio de la OMS (Organización Mundial de la Salud) en 11 países determinó que el porcentaje de mujeres que han sido sujetas a violencia sexual por una pareja íntima varía del 6 por ciento en Japón hasta el 59 por ciento en Etiopía. Diversas encuestas mundiales sugieren que la mitad de todas las mujeres que mueren de homicidio son asesinadas por su esposo o pareja actual o anterior.
“En Australia, Canadá, Israel, Sudáfrica y los Estados Unidos, entre el 40 y 70 por ciento de las mujeres víctimas de asesinato fueron matadas por sus parejas, según la Organización Mundial de la Salud (OMS). En Colombia, cada seis días se reporta una mujer asesinada por su pareja o pareja anterior. La violencia psicológica o emocional por parte de parejas íntimas también es muy extensa. Se calcula que a nivel mundial, una de cada cinco mujeres se convertirá en víctima de violación o intento de violación en el transcurso de su vida. La práctica del matrimonio a temprana edad, una forma de violencia sexual, es común a nivel mundial, especialmente en África y Asia meridional. Las jóvenes con frecuencia son obligadas a contraer matrimonio y a tener relaciones sexuales, con los consiguientes peligros para la salud, como la vulnerabilidad al VIH/SIDA, limitando, por otra parte, su asistencia a la escuela.  En la República Democrática del Congo se reportan aproximadamente 1,100 violaciones al mes, con un promedio de 36 mujeres y niñas violadas cada día. Se cree que más de 200,000 mujeres han sufrido de violencia sexual en ese país desde que inició el conflicto armado.” (Conferencia de las Naciones Unidas, resoluciones.)
“Las mujeres entre 15 y 44 años de edad corren mayor riesgo de ser violadas o maltratadas en casa que de sufrir cáncer, accidentes de vehículos, guerra y malaria, según estadísticas del Banco Mundial. Según cálculos de la ONU (Organización de las Naciones Unidas), entre 500,000 y 2 millones de personas son traficadas anualmente en situaciones que incluyen prostitución, mano de obra forzada, esclavismo o servidumbre. Mujeres y niñas suman alrededor del 80 por ciento de las víctimas detectadas.” (Centro de estudios de la Mujer, Documentación archivada, estadísticas y referencias Universidad Central de Venezuela)
La violencia contra las mujeres es una constante a nivel mundial. En América Latina que ha tenido un crecimiento económico en los últimos años, las estadísticas se acrecientan y se mantienen entre 30 a 60%, según un estudio reciente realizado por Naciones Unidas. Las mujeres son víctimas de violencias físicas, sexuales y psicológicas en América Latina y en todo el mundo, independiente de su origen social, racial o étnico, según el estudio. Los informes no tienen estadísticas precisa, por falta de información y denuncia, es un problema determinar el número aproximado de las agresiones. Además, de las agresiones físicas, las mujeres tienen un trato desigual en el ámbito laboral, donde reciben un salario menor al de un hombre, realizando el mismo trabajo. La desigualdad también se manifiesta en el acceso al empleo, la justicia, la disparidad de trato en los servicios públicos y las evidencias de impunidad. Venezuela tiene aprobada una Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de fecha 23 de Abril de 2007, tiene como finalidad garantizar y promover el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, creando las condiciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos, realizando cambios en los patrones socioculturales que produce la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres, para favorecer la construcción de una sociedad justa democrática, participativa, paritaria y protagónica.  En Venezuela no existen estadísticas consolidadas que permitan ilustrar con precisión el problema de la violencia hacia mujeres y niñas.

Ø Tratados Internacionales:
Las normas jurídicas protectoras de los derechos de las mujeres están expresadas en tratados internacionales, en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en las leyes especiales que regulan la materia. Entre los compromisos Internacionales suscritos por la República se pueden mencionar la (CEDAW) que es la Convención para la eliminación de toda forma de violencia contra la mujer, aprobada en la resolución 34/180 de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas del 18 de diciembre de 1979, suscrita por Venezuela el 17 de julio de 1980 y ratificada el 2 de mayo de 1983. Unos de sus principios básicos es el de la responsabilidad estatal en la protección de víctimas de violencia.
Otro tratado internacional que protege los derechos fundamentales de la mujer es la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, también conocida con el nombre de la Convención de Belem Do Para, aprobada en la vigésima cuarta asamblea de la Organización de Estados Americanos, en junio de 1994, siendo ratificada por el Congreso Nacional en noviembre de 1994, convirtiéndose en Ley para Venezuela desde el 16 de enero de 1995. Dicha convención en su artículo 7 obliga a los Estados miembros a crear normas positivas y eficaces para proteger a la mujer de la violencia. Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. (CEDAW)
1) Los Estados partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la esfera del empleo a fin de asegurar a la mujer, en condiciones de igualdad con el hombre, los mismos derechos, en particular:
• El derecho al trabajo como derecho inalienable de todo ser humano;
• El derecho a las mismas oportunidades de empleo, inclusive a la aplicación de los mismos criterios de selección en cuestiones de empleo;
• El derecho a elegir libremente profesión y empleo, el derecho al ascenso, a la estabilidad en el empleo y a todas las prestaciones y otras condiciones de servicio, y el derecho a la formación profesional y el readiestramiento, incluido el aprendizaje, la formación profesional superior y el adiestramiento periódico;
• El derecho a igual remuneración, inclusive prestaciones y a igualdad de trato con respecto a un trabajo de igual valor, así como a igualdad de trato con respecto a la evaluación de la calidad del trabajo;
• El derecho a la seguridad social, en particular en casos de jubilación, desempleo, enfermedad, invalidez, vejez u otra incapacidad para trabajar, así como el derecho a vacaciones pagadas;
• El derecho a la protección de la salud y a la seguridad en las condiciones de trabajo, incluso la salvaguardia de la función de reproducción.

¿Qué es la violencia contra la mujer y la familia?
         Desde un punto de vista histórico, la violencia intrafamiliar comenzó a conocerse como un problema social grave a principios de los años 60, época en la que empiezan algunos autores a escribir sobre “El síndrome del niño golpeado”. Pero no es hasta más tarde, en los años 70, que la creciente influencia del movimiento feminista resultó decisivo para atraer la atención de la sociedad sobre las formas y las consecuencias de la violencia contra las mujeres.
         Una vez tematizada la violencia como un problema de carácter social, comienza a surgir la necesidad de conceptualizarla, de definirla para entender sus implicaciones y alcances, así el Estado podría determinar la clase y magnitud del problema que enfrentaría. La familia plantea una estructura vertical, en la que suele poner el acento en las obligaciones de los miembros, mas que sus derechos, por tanto, aquellos miembros mas débiles no tiene una conciencia clara de sus opciones y facultades, acentúan sus dependencia con respecto a los miembros mas fuertes, con los que su autonomía personal se ve limitada. La violencia familiar alude a toda clase de abuso que tienen lugar en las relaciones entre los miembros de una familia.

2.2.3 Factores que fomentan la violencia
         Determinamos y definimos en un primer momento los diversos factores que producen la violencia o que la convierten en un elemento manifiesto, así tenemos:
·        Conflicto: es un término que hace referencia a factores o elementos que se contraponen entre sí, en el caso que interesa se refiere a contrastes interpersonales. Los conflictos interpersonales constituyen uno de los resultados de la interacción social y son consecuencia de la expresión de la diferencia de intereses, deseos y valores de los sujetos que interactúan. Definido de esta manera un conflicto es un factor inherente a cualquier agrupamiento humano y por esta característica el punto de discusión para ser utilizado como resolución. Entonces la diferencia se manifiesta de la siguiente manera:  existen conflictos que son resueltos a través de actitudes y habilidades comunicativas y conflictos que se resuelven mediante el ejercicio del poder y la autoridad, es decir, a través de métodos violentos.

·        Agresividad: en términos psicológicos significa oponer resistencia a las influencias del medio y plantea tres dimensiones: una conductual, cuya manifestación es la agresión, una fisiológica, que se incluye dentro de los estados afectivos y una vivencial, que se manifiesta en la hostilidad.

·        Violencia: la violencia utiliza siempre la fuerza para infringir daño, en todos los casos de manifestación de violencia, el uso de la fuerza nos remite nos remite al concepto de poder. En su sentido mas amplio, la violencia es una forma de ejercicio del poder mediante la fuerza, ya sea física, psicológica, económica, política, entre otras, e implica la existencia de un arriba y un abajo que pueden ser reales o simbólicos.

2.2.4 Tipos de Violencia

v Violencia psicológica:

Actos o acciones: actos capaces de atentar contra la estabilidad emocional y psíquica de la víctima.
Medios: tratos humillantes y vejatorios, ofensas, aislamiento, vigilancia permanente, comparaciones destructivas o amenazas genéricas constantes.
Propósito: afectación de la estabilidad emocional y psíquica de la víctima.


v Acoso u hostigamiento:

Actos o acciones: intimidar, Chantajear, Acosar u Hostigar.
Medios: comportamientos, expresiones verbales o escritas, o mensajes electrónicos.
Propósito: afectación de estabilidad emocional, laboral, económica, familiar o educativa de la mujer.


v Amenaza:

Actos o acciones: anuncio o actos intimidantes que implique la probabilidad de causar un grave daño.
Medios: expresiones verbales, escritos o mensajes electrónicos.
Propósito: lesión del derecho de la víctima a actuar y decidir con libertad.


v Violencia física:
Actos o acciones: cualquier acto violento que implique contacto y consecuencialmente produzca daño físico.
Medios: fuerza física que cause un daño o sufrimiento físico a una mujer.
Propósito: lesión de la integridad física de la mujer.


v Violencia sexual:

Actos o acciones: constreñir.
Medios: violencias o amenazas.
Propósito: obligar a la mujer a acceder a un contacto sexual no deseado que comprenda penetración por vía vaginal, anal u oral, aun mediante la introducción de objetos de cualquier clase por alguna de estas vías.


v Acto carnal con víctima

ESPECIALMENTE VULNERABLE:
Acción: ejecutar Acto Carnal
Medios: aprovechamiento de la condición personal de la víctima, o de la relación que posea con el actor.
Propósito: atentar contra la dignidad, integridad física y libertad sexual de la mujer, aprovechando su situación de vulnerabilidad.


v Actos lascivos:

Acción: constreñir.
Medios: aprovechamiento de la condición personal de la víctima, o de la relación que posea con el actor.
Propósito: atentar contra la dignidad, integridad física y libertad sexual de la mujer, aprovechando su situación de vulnerabilidad.


v Prostitución  forzada:

Acción: obligar
Medios: uso de la fuerza física, la amenaza de violencia, la coacción psicológica o el abuso de poder.
Propósito: realizar uno o más actos de naturaleza sexual con el objeto de obtener a cambio ventajas de carácter pecuniario o de otra índole, en beneficio propio o de un tercero.


v Esclavitud sexual:

Acción: privar
Medios: compra, venta, préstamo, trueque u otra negociación análoga.
Propósito: explotar sexualmente a la mujer.

v Acoso sexual:

Acción: solicitar.
Medios: aprovechamiento de una situación de superioridad laboral o docente o análoga, o con ocasión de relaciones derivadas del ejercicio profesional, amenazas de daño frente a legítimas expectativas en el ámbito de la relación.
Propósito: acercamiento sexual en beneficio del sujeto activo o de un tercero.


v Violencia laboral:

Acción: obstaculizar, condicionar.
Medios: establecimiento y práctica de requisitos discriminatorios, en centros de trabajos públicos y privados.
Propósito: supeditar la contratación, ascenso o permanencia de la mujer en el empleo.


v Violencia patrimonial y económica:

Acción: afectar patrimonialmente.
Medios: sustraer, deteriorar, destruir, distraer, retener, ordenar.
Propósito: ocasionar un daño a los bienes muebles o inmuebles en menoscabo del patrimonio de las mujeres víctimas de violencia o a los bienes de la comunidad conyugal, control de sus ingresos, privación de medios indispensables para vivir.

v Violencia obstétrica:

Actos o acciones: retardar, obstaculizar, alterar.
Medios: establecimiento de una situación de vulnerabilidad, abuso de poder, medicalización y patologización, trato deshumanizador.
Propósito: apropiación y disposición del proceso reproductivo de la mujer, por el personal de la salud.

v Esterilización forzada:
Actos o acciones: privar, sin información ó sin consentimiento expreso, no existiendo razón médica o quirúrgica que lo justifique.
Medios: tratamiento médico.
Propósito: privación de la capacidad biológica y reproductiva de la mujer.

v Ofensa pública por razones de género:

Actos o acciones: explotar, discriminar, ofender, injuriar, denigrar, humillar.
Medios: medios de Comunicación.
Propósito: atentar contra la dignidad de la mujer con fines económicos, sociales o de dominación.


v Tráfico de mujeres, niñas y adolescentes:

Actos o acciones: promover, favorecer, facilitar, ejecutar, reclutar o transportar.
Medios: engaños, coerción o fuerza.
Propósito: obtener un beneficio para el sujeto activo o un tercero de tipo financiero u otro de orden material.


v Trata de mujeres, niñas y adolescentes:

Actos o acciones: captar, transportar, trasladar o acoger
Medios: ejercicio de violencias, amenazas, engaño, rapto, coacción u otro medio fraudulento.
Propósito: explotación sexual, prostitución, trabajos forzados, esclavitud, adopción irregular o extracción de órganos.