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lunes, 2 de septiembre de 2013
DE LOS PRESOS POLITICOS
La situación de los derechos humanos violados con respecto a los presos políticos en Venezuela,ha alcanzado niveles deplorables que ningún otro país nos envidiaría. Es motivo de critica la influencian del gobierno comenzado por Hugo Chavez ha tenido en los casos de 28 venezolanos que se encuentran privados de su libertad y en un muy grave estado de indefensión política, por lo cual se encuentran encarcelados de forma indefinida. Muchos de estos presos llevan en la cárcel mas de 5 años sin haberse aun definido su situación judicial. El gobierno no tiene pruebas para juzgarlos, ni pruebas para condenarlos, por lo que se paralizan los juicios durante años y las personas continúan presas. Sin animo de parcialización política, hablo como una venezolana mas que cree en los derechos del hombre y veo constantemente como se violan los derechos de la vida y de la libertad. Estas personas deberían ser juzgadas por los tribunales competentes, la vida es una sola, no se puede perder encerrado por caprichos de quien no quiera que la vivas. Por muchos años hemos creído que la Ley es lo que está mal, no , la ley esta bien formulada, somos nosotros quienes no sabemos como ejercerla.
viernes, 9 de agosto de 2013
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Y DE GENERO
En
el campo jurídico son innumerables los aspectos a ser considerados por el
legislador; muchos de ellos regulan la vida cotidiana para que surtan sus
efectos y permitan la pacífica convivencia de los seres humanos. Entre esos
muchos aspectos, uno que es muy delicado y se encuentra estrechamente ligado a
cada uno de nosotros es la integridad
física y emocional. Esa integridad se ve perturbada, a menudo, por
individuos que rompen las reglas sociales y los mandatos de la Ley. Esa
perturbación, de la cual se puede ser víctima en cualquier momento es la
violencia, que es la conducta a través del maltrato que en sus diversas formas
profiere una persona otra, perjudicándole y violando sus derechos como ser
humano, lo cual desde cualquier punto de vista que se tome es inaceptable.
“Hasta
el 70 por ciento de mujeres experimenta violencia en el transcurso su vida, La
violencia contra las mujeres no se confina a una cultura, región o país
específico, ni a grupos particulares de mujeres en la sociedad. Las raíces de
la violencia contra la mujer yacen en la
discriminación persistente contra las mujeres.” (Conferencia de las Naciones Unidas, resoluciones.)
La forma más común de violencia
experimentada por mujeres a nivel mundial es la violencia física infringida por
una pareja íntima, incluyendo mujeres golpeadas, obligadas a tener relaciones
sexuales o abusadas de alguna otra manera. Un estudio de la OMS (Organización
Mundial de la Salud) en 11 países determinó que el porcentaje de mujeres que
han sido sujetas a violencia sexual por una pareja íntima varía del 6 por
ciento en Japón hasta el 59 por ciento en Etiopía. Diversas encuestas mundiales
sugieren que la mitad de todas las mujeres que mueren de homicidio son
asesinadas por su esposo o pareja actual o anterior.
“En
Australia, Canadá, Israel, Sudáfrica y los Estados Unidos, entre el 40 y 70 por
ciento de las mujeres víctimas de asesinato fueron matadas por sus parejas,
según la Organización Mundial de la Salud (OMS). En Colombia, cada seis días se
reporta una mujer asesinada por su pareja o pareja anterior. La violencia
psicológica o emocional por parte de parejas íntimas también es muy extensa. Se
calcula que a nivel mundial, una de cada cinco mujeres se convertirá en víctima
de violación o intento de violación en el transcurso de su vida. La práctica
del matrimonio a temprana edad, una forma de violencia sexual, es común a nivel
mundial, especialmente en África y Asia meridional. Las jóvenes con frecuencia
son obligadas a contraer matrimonio y a tener relaciones sexuales, con los
consiguientes peligros para la salud, como la vulnerabilidad al VIH/SIDA,
limitando, por otra parte, su asistencia a la escuela. En la República Democrática del Congo se
reportan aproximadamente 1,100 violaciones al mes, con un promedio de 36
mujeres y niñas violadas cada día. Se cree que más de 200,000 mujeres han
sufrido de violencia sexual en ese país desde que inició el conflicto armado.”
(Conferencia de las Naciones Unidas, resoluciones.)
“Las
mujeres entre 15 y 44 años de edad corren mayor riesgo de ser violadas o
maltratadas en casa que de sufrir cáncer, accidentes de vehículos, guerra y
malaria, según estadísticas del Banco Mundial. Según cálculos de la ONU
(Organización de las Naciones Unidas), entre 500,000 y 2 millones de personas
son traficadas anualmente en situaciones que incluyen prostitución, mano de
obra forzada, esclavismo o servidumbre. Mujeres y niñas suman alrededor del 80
por ciento de las víctimas detectadas.” (Centro
de estudios de la Mujer, Documentación archivada, estadísticas y
referencias Universidad Central de
Venezuela)
La violencia contra las
mujeres es una constante a nivel mundial. En América Latina que ha tenido un
crecimiento económico en los últimos años, las estadísticas se acrecientan y se
mantienen entre 30 a 60%, según un estudio reciente realizado por Naciones
Unidas. Las mujeres son víctimas de violencias físicas, sexuales y psicológicas
en América Latina y en todo el mundo, independiente de su origen social, racial
o étnico, según el estudio. Los informes no tienen estadísticas precisa, por
falta de información y denuncia, es un problema determinar el número aproximado
de las agresiones. Además, de las agresiones físicas, las mujeres tienen un
trato desigual en el ámbito laboral, donde reciben un salario menor al de un
hombre, realizando el mismo trabajo. La desigualdad también se manifiesta en el
acceso al empleo, la justicia, la disparidad de trato en los servicios públicos
y las evidencias de impunidad. Venezuela
tiene aprobada una Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida
Libre de Violencia, de fecha 23 de Abril de 2007, tiene como finalidad
garantizar y promover el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia,
creando las condiciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la
violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos,
realizando cambios en los patrones socioculturales que produce la desigualdad
de género y las relaciones de poder sobre las mujeres, para favorecer la
construcción de una sociedad justa democrática, participativa, paritaria y
protagónica. En Venezuela no existen
estadísticas consolidadas que permitan ilustrar con precisión el problema de la
violencia hacia mujeres y niñas.
Ø Tratados Internacionales:
Las
normas jurídicas protectoras de los derechos de las mujeres están expresadas en
tratados internacionales, en la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela y en las leyes especiales que regulan la materia. Entre los
compromisos Internacionales suscritos por la República se pueden mencionar la
(CEDAW) que es la Convención para la eliminación de toda forma de violencia
contra la mujer, aprobada en la resolución 34/180 de la Asamblea General de la
Organización de las Naciones Unidas del 18 de diciembre de 1979, suscrita por
Venezuela el 17 de julio de 1980 y ratificada el 2 de mayo de 1983. Unos de sus
principios básicos es el de la responsabilidad estatal en la protección de
víctimas de violencia.
Otro
tratado internacional que protege los derechos fundamentales de la mujer es la
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia
contra la Mujer, también conocida con el nombre de la Convención de Belem Do
Para, aprobada en la vigésima cuarta asamblea de la Organización de Estados
Americanos, en junio de 1994, siendo ratificada por el Congreso Nacional en
noviembre de 1994, convirtiéndose en Ley para Venezuela desde el 16 de enero de
1995. Dicha convención en su artículo 7 obliga a los Estados miembros a crear
normas positivas y eficaces para proteger a la mujer de la violencia.
Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la
Mujer. (CEDAW)
1)
Los Estados partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la
discriminación contra la mujer en la esfera del empleo a fin de asegurar a la
mujer, en condiciones de igualdad con el hombre, los mismos derechos, en
particular:
• El
derecho al trabajo como derecho inalienable de todo ser humano;
• El
derecho a las mismas oportunidades de empleo, inclusive a la aplicación de los
mismos criterios de selección en cuestiones de empleo;
• El
derecho a elegir libremente profesión y empleo, el derecho al ascenso, a la
estabilidad en el empleo y a todas las prestaciones y otras condiciones de
servicio, y el derecho a la formación profesional y el readiestramiento,
incluido el aprendizaje, la formación profesional superior y el adiestramiento periódico;
• El
derecho a igual remuneración, inclusive prestaciones y a igualdad de trato con
respecto a un trabajo de igual valor, así como a igualdad de trato con respecto
a la evaluación de la calidad del trabajo;
• El
derecho a la seguridad social, en particular en casos de jubilación, desempleo,
enfermedad, invalidez, vejez u otra incapacidad para trabajar, así como el
derecho a vacaciones pagadas;
• El derecho a la
protección de la salud y a la seguridad en las condiciones de trabajo, incluso
la salvaguardia de la función de reproducción.
¿Qué es la violencia contra la mujer y
la familia?
Desde
un punto de vista histórico, la violencia intrafamiliar comenzó a conocerse
como un problema social grave a principios de los años 60, época en la que
empiezan algunos autores a escribir sobre “El
síndrome del niño golpeado”. Pero no es hasta más tarde, en los años 70,
que la creciente influencia del movimiento feminista resultó decisivo para
atraer la atención de la sociedad sobre las formas y las consecuencias de la
violencia contra las mujeres.
Una vez tematizada la violencia como un
problema de carácter social, comienza a surgir la necesidad de conceptualizarla,
de definirla para entender sus implicaciones y alcances, así el Estado podría
determinar la clase y magnitud del problema que enfrentaría. La familia plantea
una estructura vertical, en la que suele poner el acento en las obligaciones de
los miembros, mas que sus derechos, por tanto, aquellos miembros mas débiles no
tiene una conciencia clara de sus opciones y facultades, acentúan sus
dependencia con respecto a los miembros mas fuertes, con los que su autonomía
personal se ve limitada. La violencia familiar alude a toda clase de abuso que
tienen lugar en las relaciones entre los miembros de una familia.
2.2.3 Factores que fomentan la violencia
Determinamos y definimos en un primer
momento los diversos factores que producen la violencia o que la convierten en
un elemento manifiesto, así tenemos:
·
Conflicto: es
un término que hace referencia a factores o elementos que se contraponen entre
sí, en el caso que interesa se refiere a contrastes interpersonales. Los conflictos
interpersonales constituyen uno de los resultados de la interacción social y
son consecuencia de la expresión de la diferencia de intereses, deseos y
valores de los sujetos que interactúan. Definido de esta manera un conflicto es
un factor inherente a cualquier agrupamiento humano y por esta característica
el punto de discusión para ser utilizado como resolución. Entonces la
diferencia se manifiesta de la siguiente manera: existen conflictos que son resueltos a través
de actitudes y habilidades comunicativas y conflictos que se resuelven mediante
el ejercicio del poder y la autoridad, es decir, a través de métodos violentos.
·
Agresividad: en
términos psicológicos significa oponer resistencia a las influencias del medio
y plantea tres dimensiones: una conductual, cuya manifestación es la agresión,
una fisiológica, que se incluye dentro de los estados afectivos y una
vivencial, que se manifiesta en la hostilidad.
·
Violencia: la
violencia utiliza siempre la fuerza para infringir daño, en todos los casos de
manifestación de violencia, el uso de la fuerza nos remite nos remite al
concepto de poder. En su sentido mas amplio, la violencia es una forma de
ejercicio del poder mediante la fuerza, ya sea física, psicológica, económica,
política, entre otras, e implica la existencia de un arriba y un abajo que
pueden ser reales o simbólicos.
2.2.4 Tipos de Violencia
v Violencia psicológica:
Actos o acciones: actos
capaces de atentar contra la estabilidad emocional y psíquica de la víctima.
Medios: tratos
humillantes y vejatorios, ofensas, aislamiento, vigilancia permanente,
comparaciones destructivas o amenazas genéricas constantes.
Propósito: afectación
de la estabilidad emocional y psíquica de la víctima.
v Acoso u hostigamiento:
Actos o acciones: intimidar,
Chantajear, Acosar u Hostigar.
Medios: comportamientos,
expresiones verbales o escritas, o mensajes electrónicos.
Propósito: afectación
de estabilidad emocional, laboral, económica, familiar o educativa de la mujer.
v Amenaza:
Actos o acciones: anuncio
o actos intimidantes que implique la probabilidad de causar un grave daño.
Medios: expresiones
verbales, escritos o mensajes electrónicos.
Propósito: lesión
del derecho de la víctima a actuar y decidir con libertad.
v Violencia física:
Actos o acciones: cualquier
acto violento que implique contacto y consecuencialmente produzca daño físico.
Medios: fuerza
física que cause un daño o sufrimiento físico a una mujer.
Propósito: lesión
de la integridad física de la mujer.
v Violencia sexual:
Actos o acciones: constreñir.
Medios:
violencias
o amenazas.
Propósito: obligar
a la mujer a acceder a un contacto sexual no deseado que comprenda penetración
por vía vaginal, anal u oral, aun mediante la introducción de objetos de
cualquier clase por alguna de estas vías.
v Acto carnal con víctima
ESPECIALMENTE VULNERABLE:
Acción: ejecutar
Acto Carnal
Medios: aprovechamiento
de la condición personal de la víctima, o de la relación que posea con el
actor.
Propósito: atentar
contra la dignidad, integridad física y libertad sexual de la mujer,
aprovechando su situación de vulnerabilidad.
v Actos lascivos:
Acción: constreñir.
Medios: aprovechamiento
de la condición personal de la víctima, o de la relación que posea con el
actor.
Propósito: atentar
contra la dignidad, integridad física y libertad sexual de la mujer, aprovechando
su situación de vulnerabilidad.
v Prostitución forzada:
Acción: obligar
Medios: uso
de la fuerza física, la amenaza de violencia, la coacción psicológica o el
abuso de poder.
Propósito: realizar
uno o más actos de naturaleza sexual con el objeto de obtener a cambio ventajas
de carácter pecuniario o de otra índole, en beneficio propio o de un tercero.
v Esclavitud sexual:
Acción: privar
Medios: compra,
venta, préstamo, trueque u otra negociación análoga.
Propósito: explotar
sexualmente a la mujer.
v Acoso sexual:
Acción: solicitar.
Medios: aprovechamiento
de una situación de superioridad laboral o docente o análoga, o con ocasión de
relaciones derivadas del ejercicio profesional, amenazas de daño frente a
legítimas expectativas en el ámbito de la relación.
Propósito: acercamiento
sexual en beneficio del sujeto activo o de un tercero.
v Violencia laboral:
Acción: obstaculizar,
condicionar.
Medios: establecimiento
y práctica de requisitos discriminatorios, en centros de trabajos públicos y
privados.
Propósito: supeditar
la contratación, ascenso o permanencia de la mujer en el empleo.
v Violencia patrimonial y económica:
Acción: afectar
patrimonialmente.
Medios: sustraer,
deteriorar, destruir, distraer, retener, ordenar.
Propósito: ocasionar
un daño a los bienes muebles o inmuebles en menoscabo del patrimonio de las
mujeres víctimas de violencia o a los bienes de la comunidad conyugal, control
de sus ingresos, privación de medios indispensables para vivir.
v Violencia obstétrica:
Actos o acciones: retardar,
obstaculizar, alterar.
Medios: establecimiento
de una situación de vulnerabilidad, abuso de poder, medicalización y patologización,
trato deshumanizador.
Propósito: apropiación
y disposición del proceso reproductivo de la mujer, por el personal de la
salud.
v Esterilización forzada:
Actos o acciones: privar,
sin información ó sin consentimiento expreso, no existiendo razón médica o
quirúrgica que lo justifique.
Medios: tratamiento
médico.
Propósito: privación
de la capacidad biológica y reproductiva de la mujer.
v Ofensa pública por razones de género:
Actos o acciones: explotar,
discriminar, ofender, injuriar, denigrar, humillar.
Medios: medios
de Comunicación.
Propósito: atentar
contra la dignidad de la mujer con fines económicos, sociales o de dominación.
v Tráfico de mujeres, niñas y adolescentes:
Actos o acciones: promover,
favorecer, facilitar, ejecutar, reclutar o transportar.
Medios: engaños,
coerción o fuerza.
Propósito: obtener
un beneficio para el sujeto activo o un tercero de tipo financiero u otro de
orden material.
v Trata de mujeres, niñas y adolescentes:
Actos o acciones: captar,
transportar, trasladar o acoger
Medios: ejercicio
de violencias, amenazas, engaño, rapto, coacción u otro medio fraudulento.
Propósito: explotación
sexual, prostitución, trabajos forzados, esclavitud, adopción irregular o extracción
de órganos.
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